Convalida la corte la impunidad a los sindicatos

miércoles, 1 de septiembre de 2010.

EL UNIVERSAL

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió que el sindicato petrolero no está obligado a informar a los ciudadanos sobre el dinero que reciben de los trabajadores de Pemex. De ahora en adelante los tribunales del país seguirán el mismo criterio con el resto de los sindicatos, lo que privará a los mexicanos —en particular a los trabajadores— de conocer a dónde termina el dinero de esas poderosas corporaciones.

Los gobiernos sólo podrán hacer públicas las cuotas si el sindicato otorga su autorización. Serán confidenciales porque según la Corte “el monto anual de las cuotas sindicales de los trabajadores de Pemex no constituye un dato que deba darse a conocer a los terceros que lo soliciten”. Tiene lógica el razonamiento en la medida que el dato del dinero de un empleado, con todo y que provenga del gobierno, es un asunto privado. El problema es que sin la intervención del Estado los propios trabajadores quedarán excluidos de saber a dónde paran esos recursos, pues el grueso de los sindicatos en México carecen de mecanismos de rendición de cuentas.

Los sindicatos de maestros, de electricistas, de burócratas, entre otros con líderes gremiales acaudalados, quedarán exentos de transparencia. Si el IFAI o los institutos de transparencia locales están impedidos de interceder en favor del trabajador, ¿quien más lo hará?

Se ha justificado la nula rendición de cuentas a partir de la idea de que las organizaciones laborales requerían de plena autonomía para no ser usadas políticamente. El argumento era comprensible en un sistema autoritario que con frecuencia manipulaba las fuentes de ingreso de los sindicatos. Sin embargo, tal opacidad también permitió que los dirigentes sindicales justificaran ocultar el dinero a sus trabajadores.

Los tiempos han cambiado. Hoy es muy difícil que el Estado ahorque económicamente a los sindicatos para manipularlos, más bien la presión política se da al revés. Por lo tanto, las previsiones como el artículo tercero del Convenio 187 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el que se basa la Suprema Corte, han quedado rebasadas.

Los ministros de la segunda sala de la Corte han mantenido el escudo de impunidad sobre los líderes sindicales que como gatos boca arriba siguen defendiendo privilegios de un mundo pasado. Es un error que el derecho permanezca igual aunque la historia cambie.

Los derechos de los sindicatos (no tienen derechos sino facultades) no pueden pasar por encima del derecho del trabajador. Lo que la corte ha hecho es privilegiar los derechos corporativos por encima de los de las personas.

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